Ventajas de la tramitación telemática
La tramitación telemática ofrece mayor agilidad a la hora de crear una empresa que la tramitación presencial. Además requiere menos desplazamientos a los distintos organismos. La tramitación telemática implica a los diferentes organismos competentes en la creación de una empresa permitiendo la comunicación entre ellos y acelerando la creación de la misma.
Con el procedimiento telemático, sólo tiene que ir presencialmente a un Punto de Asesoramiento e Inicio del Trámite (PAIT), o usted mismo desde cualquier ordenador con acceso a Internet, y a la Notaría, evitando desplazamientos para realizar el resto de los trámites para constituir su sociedad , no siendo necesario utilizar formularios en papel. El personal del PAIT o usted mismo desde cualquier ordenador con acceso a Internet, se encarga de cumplimentar sus datos en el Documento Único Electrónico (DUE), siendo el Sistema de Tramitación Telemática del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (STT-CIRCE) el que realizará las siguientes gestiones:
- Reserva de la Denominación Social (Sólo SLNE)
- Reserva de cita con la Notaría.
- Solicitud del NIF provisional
- Presentación de la Declaración Censal de Inicio de Actividad
- Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP/AJD) en la Comunidad Autónoma correspondiente
- Inscripción en el Registro Mercantil Provincial
- Trámites con la Tesorería General de la Seguridad Social
- Inclusión de ficheros de datos con información personal en la Agencia de Protección de Datos
- Petición de la solicitud de reserva de una Marca o Nombre Comercial a la Oficina Española de Patentes y Marcas
- Reserva de Dominio de Internet
- Solicitud del NIF definitivo

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